La venta de una vivienda está sujeta a impuestos que deben ser pagados por el vendedor. En Arquitectura Residencial le explicamos cuáles son los impuestos más relevantes que se aplican en este caso.
Cuando se vende un inmueble hay que tener en cuenta el pago de tres impuestos: el IRPF, el IBI y El Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana o plusvalía municipal, para calcular la rentabilidad total de la operación.
- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
En el caso de los vendedores que sean residentes fiscales en España, la ganancia obtenida por la venta de la vivienda está sujeta a este impuesto. La base imponible es la diferencia entre el precio de venta y el precio de adquisición, y se aplican diferentes tipos impositivos según la ganancia obtenida. Sin embargo, existen exenciones en ciertos casos, como por ejemplo si el dinero obtenido se reinvierte en la compra de una nueva vivienda habitual.
- Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU)
También conocido como impuesto de plusvalía municipal, grava el incremento del valor del suelo desde la adquisición hasta la venta de la propiedad. Este impuesto es liquidado por el vendedor y el importe a pagar varía según el tiempo de tenencia de la vivienda y el municipio donde se encuentra.
- El IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles)
Es un impuesto que recae sobre el titular o propietario de los inmuebles y su objetivo principal es obtener recursos para financiar los servicios y gastos municipales. Su importe se determina en función del valor catastral de la propiedad, que es una valoración oficial realizada por la administración municipal. La base imponible del impuesto se calcula aplicando un tipo impositivo establecido por cada municipio sobre el valor catastral. Se trata de un impuesto periódico y generalmente se paga de forma anual
No obstante, siempre es recomendable consultar con un asesor fiscal para obtener información actualizada y precisa sobre los impuestos y posibles exenciones aplicables a su situación específica.